El estado panameño es la agrupación política suprema y deriva su nombre de la palabra latina status que significa lugar fijo. Es una organización de gobernados y gobernantes que ocupa un territorio fijo y que es independiente de cualquier otra agrupación y de todo otro poder.
El territorio es la base primaria
del Estado; interviene junto con fuerzas históricas, económicas y políticas en
la formación del mismo, por lo que es elemento constitutivo básico de esta
agrupación, al igual que la población, la soberanía y el gobierno.
La Constitución Política de la República de
Panamá de 1972, reformada en 1978, 1983 y 1994, en su artículo, define al
Estado panameño en la siguiente forma: "La Nación panameña está organizada
en Estado soberano e independiente cuya denominación es República de Panamá. Su
gobierno es unitario, democrático y representativo". Esta definición
constitucional especifica que Panamá es un Estado-nación, concepto histórico y
político que engloba a una población e implica, soberanía y formas específicas
de gobierno.
El artículo 3 de la Constitución Política
es una disposición especial para definir el territorio del Estado. Este señala:
"El territorio de la República de Panamá comprende la superficie
terrestre, el mar territorial, la plataforma continental submarina, el subsuelo
y el espacio aéreo entre Colombia y Costa Rica de acuerdo con los tratados de
limites celebrados por Panamá y esos Estados. El territorio nacional no podrá
ser jamás cedido, traspasado o enajenado, ni temporal ni parcialmente a otro
Estado.
Con base en teorías modernas del
Derecho Internacional plasmadas en la Constitución, Panamá dispone, pues, de un
territorio continental e insular, de un espacio marino, de un espacio submarino
y de un espacio aéreo. Por otro lado, el artículo 255 de la Constitución señala
que pertenecen al Estado, además del mar territorial, el espacio aéreo y la
plataforma continental, el lecho y el subsuelo del mar territorial.
El espacio político terrestre de
la República de Panamá mide 75,516.999 kilómetros cuadrados. Esta cifra oficial
adoptada en 1988 corrige la de 77,082 kilómetros cuadrados empleada entre 1962
y 1988. la corrección fue posible gracias a la disponibilidad de cartas a
escala 1:50,000 para 70 por ciento del país y al empleo de imágenes de satélite
Landsat geométricamente corregidas para el resto del territorio, el cual está
permanentemente cubierto de nubes que dificultan la toma de fotografías aéreas.
Entre 1950 y 1962, la cifra oficial para la extensión superficial de territorio
panameño fue de 74,478 kilómetros cuadrados de lo que fue hasta 1979 la Zona
del Canal.
Un aspecto importante de la
estructura del territorio emergido de Panamá es el componente insular ya que
cerca de 1,489.6 kilómetros cuadrados que representan 1.97 por ciento del total
corresponden a la superficie de 1,518 islas, islotes y cayos. Coiba, con una
superficie de 493 kilómetros cuadrados es la mayor de las islas; le sigue en
tamaño la Isla del Rey que mide 234 kilómetros cuadrados. Hay nueve islas con
superficies que fluctúan entre los 15 y los 80 kilómetros cuadrados y que son,
en orden y tamaño, Cébaco, Colón, Popa, Bastimentos, San José, Cristóbal, Boca
Brava, Jicarón y Parida.
El dominio insular panameño se
caracteriza por ser costero y continental, conformado por islas pequeñas o
relativamente grandes que descansan sobre la plataforma continental o
continente sumergido. Contrasta esta situación con la de los Estados vecinos
que disponen de pocas islas, de las cuales son importantes las de tipo
oceánico, pequeñas, distantes, y sin basamento físico en la plataforma
continental. Costa Rica posee la isla oceánica de Coco en el Pacifico y
Colombia, las de San Andrés y Providencia en el Caribe y la de Malpelo en el
Pacifico.
Los dominios marítimos de Panamá
son complejos y relativamente extensos; constan de los siguientes espacios: las
aguas interiores, el mar territorial, la plataforma continental, el lecho del
mar territorial y el subsuelo del lecho marino.
El Gobierno Panameño:
El gobierno, el elemento esencial
del Estado, es un aparato numeroso de hombres constituido para regir a este
organismo político. Las formas de gobierno han variado a través de la historia.
En el presente, hay la gran diferencia entre los gobiernos monárquicos y los republicanos.
En los primeros, hay un jefe hereditario del Estado, y en los segundos ese jefe
es elegido por un período definido. En cuanto al grado de participación de la
población en los asuntos de los gobiernos, éstos pueden ser democráticos o
autocráticos. Hay también los gobiernos presidenciales, caracterizados por la
separación de los poderes y los gobiernos parlamentarios en los que las
funciones ejecutivas y legislativas son asumidas por el parlamento. Atendiendo
a la distribución geográfica del poder, los gobiernos pueden ser unitarios o
federales. En los primeros hay un sistema único para todas las partes del
territorio dirigido por poderes centrales, mientras que, en los gobiernos
federales, las diferentes regiones tienen gran autonomía política y administrativa
lo que les permite, incluso, adoptar sus propias constituciones.
Tomado de: Mckay, Alberto. La
estructura del Estado panameño y sus raíces históricas./Alberto Mckay.- Panamá;
Editorial Mariano Arosemena.132p.:il.
Gaceta Oficial No. 22,796 de 2 de
junio de 1995
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